jueves, 12 de marzo de 2015

Modelo 720: Tiene hasta 31 de marzo para presentar la Declaración Informativa de Bienes y Derechos en el extranjero.

El modelo 720 es una declaración meramente informativa que tiene como objeto comunicar a hacienda aquello bienes y derechos que se posean a 31 de diciembre de 2014, y que estén ubicados en el extranjero.

Mucho se ha hablado y escrito de esta declaración que nació de la mano de la famosa amnistía fiscal, y que buscaba un mayor control de la evasión fiscal y de aquellos que no declaraban todos los bienes que poseían en el extranjero. Y pese al estudio por parte de la Unión Europea de su validez, a día de hoy aún sigue vigente en su totalidad, y tal y como salió a la luz.

Están obligados a su presentación todas aquellas personas y entidades residentes en España (incluidos País Vasco y Navarra), y el plazo se establecido es hasta el 31 de marzo.

Los bienes y derechos a declarar se dividen en tres apartados:

  •          Cuentas y depósitos en entidades financieras situadas en el extranjero
  •   Valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero
  •      Bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero.


No hay obligación de presentar esta declaración si ninguno de estos tres grupos no supera los 50.000 €, cada uno. Del mismo modo, si se hizo la declaración del año pasado, solo se declararán aquellos grupos en los que haya existido un incremento superior a los 20.000€.
En caso de bienes afectos a una actividad económica en los que se lleve contabilidad, no habrá obligación de informarlo.

Solo existe posibilidad de presentar el modelo por vía telemática, en el propio portal de la agencia tributaria. Se elimina la posibilidad de presentación en papel.

Pese al expediente abierto por la Unión Europea a España por esta declaración, las sanciones por la no presentación o la omisión de algún tipo de dato siguen siendo desproporcionadas (por ejemplo, por cada dato o conjunto de daros que hubiera debido incluirse en la declaración o hubieran sido aportados de forma incompleta, inexacta o falsa, la sanción es de 5.000€).



Si tienes cualquier consulta acerca de este modelo, no dudes en ponerte en contacto con nuestro equipo fiscal.