jueves, 23 de diciembre de 2010

LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL

Hoy  23 de diciembre, entra en vigor Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

La reforma afecta a más de 150 artículos del actual Código Penal, introduciéndose nuevos delitos tales como: .

    -   Delito de piratería
    -  Cohecho entre particulares
    -  Acoso laboral
    -  Acoso inmobiliario
    -   Sobornos y fraudes en el deporte
    -   Delitos informáticos
    -   Tráfico ilegal de órganos
    -   Delitos sexuales contra menores de 13 años
     -  Trata de seres humanos e inmigración clandestina
     -  Captación de menores para espectáculos pornográficos
     - La captación, adoctrinamiento, adiestramiento y cualquier forma de   financiación, dentro del delito de terrorismo.


 La reforma introduce cambios importantes:


Delitos de corrupción Se tipifica como delito el soborno entre particulares y aumentan las penas para los cargos públicos condenados por delitos de corrupción, cuyas  condenas serán siempre de cárcel y no sólo de multa o inhabilitación, y para los delitos urbanísticos, castigando con hasta cuatro años de prisión las obras ilegales y a las autoridades que las amparen.

Responsabilidad penal de las personas jurídicas: Podrá declararse con independencia de que se pueda o no individualizar la responsabilidad penal de la persona física tanto en delitos cometidos en nombre de la misma como por infracciones propiciadas por no haber ejercido la persona jurídica el debido control sobre sus empleados.
Pederastia. Con el fin de aumentar la protección de las víctimas,  se endurecen las penas por abusos a menores, que llegarán a los quince años de prisión, y se introduce la posibilidad de  privar de la patria potestad a los padres para proteger al menor. También se tipifica como delito la captación de niños para participar en espectáculos pornográficos.

Prescripción de los delitos. Se contempla la "imprescriptibilidad" de los asesinatos terroristas, y los pederastas y terroristas condenados a más de cinco años de cárcel,  no podrán acceder al tercer grado hasta cumplir la mitad de la condena.

Control tras la condena. La Ley establece una serie de medidas de control extraordinarias para terroristas y delincuentes sexuales -especialmente pederastas-, entre las que se incluye la libertad vigilada de hasta diez años revisable una vez cumplida la condena. La medida incluye la localización permanente del delincuente mediante su seguimiento telemático, y la prohibición de aproximarse a sus víctimas.

'Top manta'. La reforma suprime las penas de prisión para delitos de venta de material audiovisual ilegal -el conocido "Top manta"- cuando el beneficio no supere los 400 euros.

Okupas y graffitis. Las ocupaciones violentas de bienes inmuebles podrán castigarse con prisión de uno a dos años, cuando hasta ahora sólo tenían multa económica, y se penará con localización permanente de dos a seis días o trabajos en beneficio de la comunidad a quienes hagan pintadas o "graffitis" en bienes muebles de dominio público o privado.
Reincidencia en los hurtos. Se endurece el castigo para los hurtos reiterados, de tal forma que los autores de pequeños robos -de menos de 400 euros- reincidentes podrán ser condenados a penas de cárcel a cumplir durante el fin de semana. Además, se contempla la creación de un registro de este tipo de faltas.
Conductores imprudentes. Conducir por encima de la velocidad permitida en 60 kilómetros por hora en vías urbanas o en 80 en interurbanas, o bajo los efectos de alcohol o drogas, se castigará con penas de prisión y decomiso de vehículos de tres a seis meses, con multa de seis a doce meses o con trabajos en beneficio de la comunidad.

Elegir pena en delitos de tráfico. La posibilidad de elegir entre tres penas distintas pretende evitar tanto la masificación de las cárceles por el aumento de los delitos de tráfico como la prescripción de los mismos.
Pirateria. En el caso de la piratería, apoderarse de un barco o de un avión se castigará con hasta 15 años de prisión.

Protección del medio ambiente. Se considerará delito el traslado ilegal de residuos, la explotación de instalaciones en las que se realice una actividad peligrosa y la destrucción de grave alteración del hábitat por la caza o la pesca de especies amenazadas.

 Localización permanente. Para evitar la "desocialización", se introduce la posibilidad de sustituir las penas privativas de libertad de corta duración -hasta seis meses de cárcel- por la de localización permanente.



lunes, 20 de diciembre de 2010

Abt Asesores les Desea una Feliz Navidad

El equipo humano de ABT ASESORES, quiere compartir con vosotros deseos de PAZ, FELICIDAD y SOLIDARIDAD.

Os agradecemos la confianza que
venís depositando en nosotros, ya que sois el pilar fundamental de esta CASA, y seguiremos trabajando para ayudaros en el presente y en el futuro.






FELICES FIESTAS

martes, 14 de diciembre de 2010

Medidas para fomentar la actividad empresarial, la inversión y el empleo

El Gobierno ha aprobado un Real Decreto Ley de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar de forma inmediata la inversión y la creación de empleo, con la finalidad de ayudar a salir de la crisis.
Entre las medidas aprobadas destacan:
Impuesto sobre Sociedades
  • La elevación de 8 a 10 millones de euros del umbral relativo al importe neto de la cifra de negocios que posibilita acogerse al régimen especial de las entidades de reducida dimensión, cuya principal ventaja es la sujeción a un tipo impositivo reducido del 25 por 100, frente al 30 por 100 del tipo general. Del mismo modo, se permite que tales entidades puedan seguir disfrutando de los beneficios de este régimen especial durante los tres ejercicios inmediatos siguientes a aquel en que se supere el nuevo umbral de diez millones de euros.
  • Se aumenta el importe hasta el cual la base imponible de las entidades de reducida dimensión se grava con el tipo reducido del 25 por 100. Si en el marco regulatorio actual sólo disfrutaban de esta ventaja fiscal los primeros 120.000 euros de beneficios, el Real Decreto Ley fija dicha cuantía en 300.000 euros.
  • Se amplía en tres años, hasta 2015, el período de vigencia del régimen fiscal de libertad de amortización para inversiones nuevas vinculadas a la actividad económica, eliminando el condicionante del mantenimiento del empleo y permitiendo su extensión a todas las empresas, personas físicas y profesionales. Por tanto, los elementos nuevos de inmovilizado material e inversiones inmobiliarias afectos a actividades económicas, puestos a disposición del sujeto pasivo en los periodos impositivos iniciados dentro de los años 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015, podrán ser amortizados libremente.
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
  •  Eliminación del impuesto,  para las operaciones societarias dirigidas a la creación, capitalización y mantenimiento de las empresas. Esta modificación ha entrado en vigor el 3 de diciembre.
Otros
  • Supresión de la obligatoriedad de la cuota cameral.
  • Reducción de costes y tiempo en determinadas constituciones de empresas.

Esperamos que esta información os sea de utilidad.
Un saludo            
                                                                                                         
Lucia Ballesteros Pérez.                                                     
Departamento Fiscal, Mercantil y Financiero                        
ABT  Asesores Legales y Tributarios.

sábado, 4 de diciembre de 2010

Conozca Nuestros Servicios Legales y Tributarios

Ponemos a su Disposición una serie de servicios enfocados a satisfaccer todas las necesidades tanto de empresas como particulares. Contamos con profesionales en todas las ramas ofreciendo así un Asesoramiento Global a Empresas abarcando todas las vías Legales y Tributarias.

Nuestros objetivos en esta área son:
  • conseguir las mayores ventajas fiscales
  • la elaboración de todos los Impuestos con garantía y eficacia
  • su presentación dentro del plazo legal
  • la adaptación legal a cada tipología de empresa.
Nuestro compromiso profesional se basa en la puesta al día permanente en el conocimiento y aplicación de las normas fiscales que continuamente se modifican y actualizan, y en llevar a cabo una adecuada planificación que suponga el mayor ahorro posible de costes fiscales para nuestros clientes, dentro del cumplimiento de la normativa tributaria.

más información y contacto en http://www.abtasesores.com/

miércoles, 24 de noviembre de 2010

Consultar las Multas por Internet

Las multas de tráfico,  podrán consultarse a partir del próximo jueves en una nueva página web, el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico o Testra, que pasará a sustituir a los boletines oficiales provinciales, a donde iban a parar hasta ahora todas aquellas multas que no habían podido ser notificadas por la imposibilidad de encontrar al infractor.
Cualquier conductor podrá, introduciendo su DNI. Comprobar que multas tiene pendientes, así se disminuirán el porcentaje de multas que acaban embargando la cuenta del infractor sin que se haya enterado, ya que fueron notificadas el los Boletines de Provincia y muy pocos conductores los consultan.
Además entrará en vigor la Dirección Electrónica Vial (DEV), un buzón electrónico, obligatorio para las empresas y opcional para los particulares, en el que se podrán recibir todas las notificaciones de tráfico, tanto las sanciones,  como recordatorios para pasar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) o que en una fecha próxima va a caducar el seguro.
Al darse de alta en este servicio, el conductor que lo desee podrá introducir su correo electrónico o su móvil para que cada vez que una notificación le llegue al DEV, un mensaje le avise a su correo personal o a su teléfono móvil de que tiene una multa pendiente o se le agota el plazo para realizar un trámite determinado. "El que quiera saber, ahora puede saber si tiene algún tipo de notificación", subraya Ledesma, quien señalado que, de este modo, "se evitan disgustos".
Es muy importante enterarte de las notificaciones, si te enteras puedes alegarlas o pagarlas con descuento, pero si no te enteras, acabarás con un cargo en cuenta sin posibilidad de defenderte. La Dirección Electrónica Vial te permite ahora saber si tienes alguna multa y optar por tu decisión jurídica de pagar o alegar", señala Ledesma.
Para comprobar las multas pendientes por infracciones cometidas dentro de los núcleos urbanos habrá que esperar a que todos los ayuntamientos se sumen al sistema.

domingo, 21 de noviembre de 2010

BIENVENIDO AL BLOG DE ABT ASESORES

Con éste nuestro Blog pretendemos acercar a todos los usuarios información sobre nuestra empresa y todo lo relaccionado a la misma.

En ABT Asesores Legales y Tributarios nos hemos especializado y consolidado desde hace más de 25 años en el asesoramiento global a empresas concretamente en los ámbitos fiscal, laboral, mercantil, civil y contable.
Contamos con un equipo  de profesionales del derecho y de la economía, preparados para atenderle, en todo momento, de forma personalizada y adoptar soluciones para cada caso concreto, en función de sus necesidades.

ABT cuenta con despachos en Madrid y Benavente (Zamora).

si desa más información sobre nuestra empresa y su ubicación en España visite nuestra web http://www.abtasesores.com/