jueves, 29 de diciembre de 2011

Ejercicio 2011: la declaración del IRPF más compleja

El ejercicio 2011 es el más complicado en lo que al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) se refiere. Todos los cambios se declararán en la campaña de la Renta de la próxima primavera.

expansion.com

El tributo español ya es en sí mismo muy complicado, ya que incluye tipos estatales y autonómicos y, entre los primeros, hasta seis tramos, lo que sitúa a España como el cuarto país de la UE con un tributo más fragmentado, sólo por debajo de Grecia, Portugal y Luxemburgo. Pero en 2010 la situación se ha complicado aún más, ya que cada región aprobó su propia escala autonómica, que resulta aplicable junto con la escala estatal, a la base liquidable general. Todas las novedades se declararán en la campaña de la Renta de la próxima primavera.

Los cambios o posibles equiparaciones que podrían realizar las CCAA que gobierna el PP en 2012. Aragón ya ha anunciado para el siguiente ejercicio la deducción en un 20% de la cuota en el IRPF -con un límite de 4.000 euros- cuando se invierta en sociedades nuevas o recientes cuya actividad se centre en I+D+i. En otros países se conoce a estos inversores que con sus capitales permiten el nacimiento y desarrollo de iniciativas empresariales de este tipo como Business Angels.

De momento, la complejidad se ha multiplicado, ya que comunidades como Asturias y Andalucía han establecido una escala de gravamen que contempla un tramo más que la escala aplicable por parte del Estado, es decir, 7, y las de Cantabria y Extremadura incluyen 8 tramos. En cambio, Aragón, Castilla y León, Canarias y La Rioja, entre otras, han establecido 4 tramos.

Las grandes diferencias que existen entre comunidades autónomas alcanzan hasta siete puntos y 8.000 euros entre Cataluña y Navarra, por ejemplo. El tipo marginal más alto corresponde a Cataluña (49%), mientras que el más bajo se encuentra en Navarra (42%), aunque se aplica a una base liquidable inferior. Por su parte, Madrid (44,9%) tiene una diferencia de más de cuatro puntos con Barcelona.

De esta forma, un ciudadano español que perciba una retribución bruta anual de 300.000 euros pagaría más de 7.770 euros en Cataluña que en Navarra o, fuera de los territorios forales, 6.500 euros más en Barcelona que en Madrid.

Estas diferencias obedecen a la Ley 22/2009, por la que se regula el sistema de financiación de las comunidades autónomas de régimen común, que modificó, con efecto 1 de enero de 2010, el artículo 74.1 de la Ley del IRPF, en relación con la escala autonómica del impuesto. A partir de ese momento, cada región aprobó su propia escala autonómica, que resulta aplicable junto con la escala estatal, a la base liquidable general.

Y es aquí donde la complejidad se ha multiplicado, ya que comunidades como Asturias y Andalucía han establecido una escala de gravamen que contempla un tramo más que la escala aplicable por parte del Estado, es decir, 7, y las de Cantabria y Extremadura incluyen 8 tramos. En cambio, Aragón, Castilla y León, Canarias y La Rioja, entre otras, han establecido 4 tramos.

A estas diferencias se unen las que existen Sucesiones y Donaciones y, sobre todo ahora, la que va a suponer la reactivación del Impuesto sobre Patrimonio.


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martes, 20 de diciembre de 2011

Las pymes se ahorrarán al año hasta 10.000 euros por Sociedades

El nuevo Ejecutivo iniciará su andadura con rebajas fiscales para la pequeña empresa

cincodias.com

El futuro Gobierno elevará de 300.000 euros hasta 500.000 euros el tramo del impuesto sobre sociedades que tributa al tipo reducido del 25%. Esta medida, que solo beneficiará a pymes, supondrá un ahorro fiscal de hasta 10.000 euros anuales por compañía. Además, tendrán la consideración de pyme aquellas empresas con ingresos hasta 12 millones de euros frente a los 10 millones actuales.

J. Viñas - Madrid - 20/12/2011

La pequeña y mediana empresa se convirtió en la protagonista de las medidas fiscales que aprobará en breve el Gobierno de Mariano Rajoy. La legislación vigente establece que los primeros 300.000 euros de beneficio para las pymes tributan al 25% y, el resto, al 30% en el impuesto sobre sociedades. Rajoy anunció que elevará este umbral hasta los 500.000 euros, lo que supone un ahorro de hasta 10.000 euros por empresa. Sin embargo, esta medida solo favorece a compañías que tengan beneficios y que, estos, superen los 300.000 euros. Los datos de Hacienda indican que solo el 32,5% de las 1,2 millones de pymes que tributan por el impuesto sobre sociedades no están en pérdidas.

A día de hoy, tienen la consideración de pymes aquellas empresas con una cifra de negocio inferior a diez millones de euros. El futuro Ejecutivo de Mariano Rajoy aumentará este umbral hasta los doce millones. Ello implica que más compañías podrán tributar a tipos reducidos en el impuesto sobre sociedades. Así, el 99% de las empresas que pagan el impuesto sobre sociedades tendrán la consideración de pyme.

Por otro lado, Rajoy profundizará en beneficios fiscales aprobados por el anterior Ejecutivo. El Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero fijo temporalmente un gravamen del 20% para las compañías con una cifra de negocio inferior a cinco millones de euros y que mantuvieran el empleo. Rajoy convertirá en permanente esta medida que, además, no estará condicionada al mantenimiento del número de empleados. Todo indica que las empresas con unos ingresos inferiores a cinco millones de euros tributarán al 20% por los primeros 500.000 euros de beneficio. A partir de ese nivel, pagarán el 25%.

Además, el Ejecutivo de Rajoy también establecerá una exención por las plusvalías obtenidas por la venta de activos fijos cuando se reinviertan en la propia empresa. Ello incentiva la venta de inmuebles, un mercado que actualmente está parado. Además, Rajoy también establecerá una rebaja de diez puntos en el impuesto sobre sociedades para los beneficios que, en lugar de distribuirse entre los accionistas, se inviertan en "la adquisición de nuevos activos".

Incentivos en el IRPF y el IVA

El futuro presidente también prometió rebajas en el IRPF y el IVA. Así, aseguró que la compra de vivienda habitual tributaría al 4% en el IVA en lugar del 8%. Zapatero ya adoptó de forma temporal esta medida entre agosto y diciembre de este año, aunque sin diferenciar entre vivienda habitual y segundas y terceras residencias. Ello le valió una advertencia de Bruselas, que consideraba que la rebaja fiscal era contraria a la legislación europea. Con todo, se sostiene que la decisión de Rajoy sí que está amparada por las leyes comunitarias ya que limita el beneficio fiscal a la vivienda habitual. Además, el futuro Gobierno también recuperará la deducción por vivienda para todas las rentas.


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lunes, 12 de diciembre de 2011

ASESORAMIENTO A EMPRESAS

ABT, nuestro despacho de abogados, con sede en Madrid y en Benavente (Zamora), está especializando en el asesoramiento a empresas, concretamente, en los ámbitos fiscal, laboral, mercantil, civil y contable.

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Completando nuestros prestaciones de asesoramiento a empresas, presentamos nuestra página web http://www.abtasesores.com, donde ofrecemos un conjunto de servicios on line como descargas, consultas, enlaces y noticias con el fin de acercarnos al cliente y fortalecer las vías de comunicación con él.

sábado, 3 de diciembre de 2011

Ajustes finales para cuadrar la factura con Hacienda

El IRPF de 2011 trae alzas a las rentas más altas y el fin de la deducción universal por vivienda, cambios que se pueden compensar con aportaciones a planes de pensiones.

cincodias.com

Las luces navideñas iluminan las calles españolas y la lista de recados, tareas pendientes y planes para estas fechas empieza a alargarse: comprar lotería, mirar los regalos, ir al mercado, llevar a los niños de excursión, la cena del trabajo... y cuadrar los últimos apuntes para la próxima declaración de la renta. Porque con las campanadas, además de llegar un nuevo año comienza otro ejercicio fiscal. Por eso estas semanas son claves para efectuar las últimas calibraciones de forma que, en primavera, la factura de Hacienda se vuelva lo más llevadera posible.

La tarea tiene más mérito, si cabe, tras las subidas impositivas que han entrado en vigor este año. Así, se ha incrementado el tipo marginal a los más ricos, ha desaparecido la desgravación universal por compra de vivienda habitual, se han disminuido los beneficios por alquilar un piso y se ha reinstaurado el impuesto de patrimonio. Para moderar todos estas novedades, los fiscalistas tiran de recetas clásicas como efectuar aportaciones a planes de pensiones o compensar las plusvalías cosechadas con minusvalías de ejercicios precedentes.

Vivienda

Una de las grandes novedades que incorpora la declaración de la renta de 2011 es que se ha eliminado la deducción universal por adquisición de vivienda habitual si esta fue realizada en el presente ejercicio. Solo podrán aplicarse desgravaciones las personas con rentas inferiores a los 24.107 euros. En esos casos se mantiene la posibilidad de deducirse un 15% del importe pagado sobre una base máxima de 9.040 euros, pero el contribuyente únicamente puede alcanzar dicha cantidad si su base imponible no sobrepasa los 17.707 euros. Conforme su renta aumenta, la ventaja fiscal disminuye hasta desaparecer al alcanzar los ingresos el techo de los citados 24.107 euros.

Régimen transitorio. La eliminación de la deducción por vivienda habitual no afecta a aquellas personas que adquirieron su residencia o que entregaron a cuenta cantidades para su edificación antes de 2011. Es decir, con carácter previo a que la nueva legislación entrara en vigor.

Cuenta vivienda. Los contribuyentes que abrieron una cuenta ahorro vivienda en 2007 o ejercicios posteriores deben recordar que disponen de un plazo máximo de cuatro años para consolidar las deducciones practicadas en declaraciones precedentes. Si cumplido ese plazo no se ha procedido a la compra de la casa, esas cantidades deben ser reintegradas al fisco junto a los intereses de demora correspondientes.

Reforma del piso. Las mejoras en la vivienda dan derecho a una deducción si la base imponible del contribuyente es inferior a los 53.007 euros. El ahorro máximo posible es de 1.350 euros siempre y cuando quede constancia de los pagos por la obras a través de cheque o transferencia. Cada uno de los integrantes de un matrimonio que efectúe de forma individual sus declaraciones podrá desgravarse la citada cantidad, de tal forma que la desgravación conjunta acaba duplicándose.

Alquiler. Aquellas personas que sean propietarias de un piso destinado a alquiler pueden anticipar gastos ligados a dicho inmueble o aplazar ingresos a 2012 para cuadrar la cuenta de este ejercicio fiscal. Además, los alquileres de vivienda solo tributan por el 40% del rendimiento neto obtenido. Por otra parte, si se busca un inquilino, interesa fiscalmente que sea un joven de menos de 30 años y cuyos ingresos superen los 7.455 euros este año porque, bajo este supuesto, no hay que pagar el rendimiento del alquiler. Y si el contrato de arrendamiento fue firmado antes de 2011, vale con que el arrendatario tenga menos de 35 años.

Mudanza. Las ganancias logradas con la venta de la vivienda habitual no tributarán si el dinero se reinvierte antes de dos años en la adquisición de una nueva residencia. Solo será posible volver a deducirse por la vivienda habitual cuando se haya pagado una cantidad igual a la suma del importe sobre el que se practicó la deducción en su vivienda anterior más la ganancia exenta de reinversión.

Patrimonio

El Estado ha recuperado este ejercicio el impuesto de patrimonio, que no se pagaba desde 2008. Tienen obligación de afrontarlo las personas cuyo patrimonio supere los 700.000 euros, una vez considerada una exención fiscal de 300.000 euros por contribuyente sobre la primera vivienda. Queda pendiente ver cómo actuarán algunas comunidades autónomas. Madrid, Comunidad Valenciana y Baleares han anunciado que bonificarán totalmente el pago de este impuesto. Pero ojo porque, a pesar de que desaparezca el pago, permanece la obligación de declarar el patrimonio a Hacienda.

Salario

Este ejercicio que acaba lleva aparejado un incremento de la carga fiscal para las rentas más altas. Es decir, para aquellas personas que ganan más de 120.000 euros al año. Hasta 2010, su tipo marginal máximo se situaba en la mayor parte de las regiones en el 43%, pero a partir de este ejercicio está en el 44% tras la subida ejecutada por la Administración Central, o del 45% si sus ingresos rebasan los 175.000 euros La carga fiscal puede ser todavía mayor en algunas regiones, como Cataluña. Ahí los contribuyentes más pudientes deben pagar un 49% tras las subidas de los tramos estatales y autonómico del IRPF.

Pago de incentivos. Los asalariados que vayan a percibir un bonus de su empresa con un objetivo a cumplir en más de dos años y que no sea recurrente podrán reducir esa renta en un 40% para paliar los efectos que sobre la escala fiscal de las rentas del trabajo podrían tener dichos ingresos. La reducción máxima posible es de 300.000 euros. Lo percibido más allá de dicho importe tributará íntegramente. Al pactar este tipo de retribuciones con la empresa, el trabajador debe prestar especial atención a si ha percibido pagos similares en el pasado porque, si se hacen periódicos, se deberán reintegrar las deducciones aplicadas en ejercicios anteriores.

Pagos en especie. Una vía para incrementar el poder adquisitivo sin que repercuta sobre la tarifa fiscal es acordar con la empresa la percepción de pagos en especie exentos de tributación. Así, el trabajador puede negociar beneficios tales como vales para restaurantes, cheque transporte, talón guardería, pólizas de responsabilidad civil o seguro médico para él, su cónyuge y sus hijos. Pero para poner en marcha estos programas es necesario renovar el contrato de trabajo, de forma que quede constancia de que la empresa queda obligada a sufragarlos.

Inversiones

Los asesores fiscales aconsejan aplazar en la medida de los posible la realización de plusvalías o la percepción de rendimientos del capital mobiliario al año que viene. Sobre todo si van a superar en conjunto los 6.000 euros. A partir de este importe, los ingresos tributan al 21% mientras que si no lo rebasa están sometidos a un peaje del 19%. Los primeros 1.500 euros percibidos como dividendos de acciones están exentos de tributación. En caso de que haya minusvalías pendientes de 2007 interesa materializar ahora plusvalías para compensar esas pérdidas.

Seguros. Conviene rescatar aquellas pólizas de vida ahorro que rentan un interés y que fueron suscritas antes del 20 de enero de 2006 porque permiten aplicarse una compensación tributando solo por el 25% del rendimiento, si bien lo hará a la tarifa general.

Planes de pensiones. Las aportaciones a sistemas de previsión social permiten deducirse un 45% de lo aportado y, en ciertas regiones como Cataluña, hasta el 49%. Aquellas personas que se jubilarán este año y que hayan rescatado en forma de capital los ahorros acumulados en su fondo de pensiones, podrán deducirse hasta un 40% de las aportaciones realizadas antes del 1 de enero de 2007.

Familia

Las relaciones familiares del contribuyente inciden sobre su declaración de la renta. Destacan estos supuestos:

Parejas separadas o divorciadas. El cónyuge que tenga la custodia de los hijos podrá aplicarse el mínimo por descendiente. En aquellos casos donde la guardia sea compartida, tanto el marido como la mujer podrán aplicarse la mitad del mínimo por descendiente. Este año, el único Gobierno regional que ha modificado los mínimos personales y familiares para el cálculo de la cuota autonómica ha sido la Comunidad de Madrid, que ha incrementado hasta el 10%, máximo posible, así como el mínimo aplicable por el tercer hijo y siguientes.

Personas con discapacidad. Las aportaciones a instrumentos de previsión social a favor de personas con discapacidad permiten una reducción hasta un máximo de 10.000 euros anuales, si existe una relación de parentesco hasta tercer grado, conyugal o de tutoría.

Bebés. Aquellas mujeres que tengan hijos menores de tres años podrán minorar la cuota diferencial del impuesto hasta en 1.200 euros anuales. La deducción se calculará de forma proporcional al número de meses en que la edad del niño se ajuste al requisito.


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