jueves, 29 de octubre de 2015

Libro de Iva online: El Suministro Inmediato de Información (SII)

Hacienda sigue avanzando en su lucha incesante con la reducción del fraude fiscal. Y en en medio de esa batalla somos todos los que sufrimos los constantes incrementos en la solicitud de documentación por parte de la Administración. Día tras día nos sentamos ante nuevos modelos que, con título o carácter informativo o o sin él, nos obligan pormenorizar hasta el detalle más escabroso de nuestro balance o cuenta de resultados 

Pues en una vuelta de tuerca más al respecto, en la actualidad proyecta implantar el llamado Suministro Inmediato de Información (SII) que, fundamentalmente, consiste en el envío electrónico en tiempo real de todas las operaciones que deban figurar en los libros de registros de IVA.

La aplicación será a partir del 1 de enero de 2017, para sujetos pasivos de IVA que tengan un periodo de liquidación coincidente con el mes natural y los que elijan esta opción (grandes empresas e inscritos en registro de devolución mensual).

Deberán de llevar los libros de registro de facturas emitidas, recibidas y de determinadas operaciones intracomunitarias, a través de la Sede Electrónica.

El plazo máximo para remitir las facturas expedidas será de 4 días desde la expedición de la misma, de las recibidas 4 días naturales desde el registro contable de la misma. Para el computo de plazos se excluyen los sábados, domingos y festivos nacionales.

Se exigen más datos que los de los libros registro, como puede ser la descripción de las operaciones.

Se exime de la presentación de los modelos 347, del modelo 340 y en algunos casos del 390, ampliándose también el plazo de las autoliquidaciones al día 30 del mes siguiente.

El Corte Inglés, Repsol, Mercadona, Endesa o Iberdrola iniciarán previsiblemente, de forma voluntaria, el plan de control electrónico de IVA en tiempo real desde el próximo 1 de enero de 2016, que será obligatorio para un colectivo de más de 62.000 contribuyentes a partir del 1 de enero de 2017.

Pero sin embargo, la Agencia tributaria ya amenaza con la previsión de que para 2019-2020 llegue a ser obligatorio para la totalidad de los aproximadamente tres millones de empresas registradas en España. 

Algo de más información al respecto nos deja la Agencia tributaria en su página web: Aeat - SII.