lunes, 26 de octubre de 2015

Cambios en las Sociedades Civiles a partir de 2016

Comenzamos a encarar la recta final del año y a divisar los inicios de 2016. Uno de los cambios fiscales importantes que nos trae el nuevo año es el cambio en la tributación de las sociedades civiles.

En la actualidad, estas sociedades imputan sus rendimientos a sus socios (en el porcentaje que les corresponda según su participación), y son éstos quienes declaran dichos rendimientos en su Irpf.

A partir de 2016 está previsto que las sociedades civiles que tienen personalidad jurídica y desarrollan una actividad mercantil, pasen a tributar en el impuesto sobre sociedades. Esta medida afectará a muchas de estas entidades, ya que la mayoría de ellas cumplen ambos requisitos:

  • ¿Cuándo una sociedad civil tiene personalidad jurídica? Cuando contrata con terceros en nombre propio, aunque no esté inscrita en el Registro Mercantil. A efectos prácticos, se considerará que tiene personalidad jurídica si se ha constituido en escritura pública o, habiéndose hecho en documento privado, si el mismo se aportó a la Administración tributaria para la obtención de un NIF.

  • ¿Cuándo una sociedad civil desarrolla una actividad mercantil? La legislación define actividad mercantil como la realización de una actividad económica de producción, intercambio o prestación de servicios para el mercado en un sector no excluido del ámbito mercantil”. Ello implica que quedan  excluidas las actividades agrícolas, ganaderas, forestales, mineras y de carácter profesional.

      Estos cambios dejan fuera a todas las comunidades de bienes (de momento sin excepción), así como aquellas sociedades civiles de mera tenencia de inversiones.
    
      Esta obligación de tributar por el Impuesto sobre sociedades implica la necesidad de llevar contabilidad, lo que multiplica la documentación y el trabajo administrativo de este tipo de entidades.

      Las sociedades civiles que se encuentren en esta situación, tienen la posibilidad de disolverse y liquidarse durante el primer semestre del 2016, sin coste fiscal para los socios. Por tanto, es buen momento para estudiar la situación y valorar si merece la pena disolver, tributar por Impuesto sobre sociedades o incluso crear una nueva sociedad limitada.