miércoles, 15 de julio de 2015

Cambios en tipos y retenciones (Julio 2015)

El pasado sábado 11 de julio se ha publicado el Real Decreto Ley 9/2015 de medidas urgentes para reducir la carga tributaria por los contribuyentes del IRPF y otras medidas de carácter económico.

A continuación detallamos alguno de los cambios que se han producido y que hemos de tener en cuenta para las facturas que realicemos o paguemos a partir del 12 de julio, como son los cambios en las retenciones de arrendamientos y los cambios en las retenciones de profesionales.

-   En la tarifa Estatal para determinar la cuota íntegra del Impuesto, se rebaja medio punto porcentual el tipo aplicable a los 3 primeros tramos y un punto el aplicable a los 2 últimos, llegando a un escalado desde el 9,5 hasta el 22,5% en lugar del que se había aprobado para este año, del 10 al 23,5%.

-   También se modifica la tarifa aplicable a las rentas del ahorro que pasa a tener unos tipos del 19,5-21,5-23,5% en lugar del 20-22-24% que se venía aplicando este año.

-   Se modifica la tabla aplicable para calcular la retención sobre los rendimientos del trabajo que pasa a tener un tipo mínimo del 19,5 (antes 20%) y un máximo del 46% (antes 47%). La regularización de retenciones para que los trabajadores se beneficien de la rebaja, la tendrán que llevar a cabo los pagadores en las nóminas que abonen a partir del 12 de julio o, como tarde, en las satisfechas a partir del 1 de agosto próximo.

-   Asimismo es importante resaltar que a partir del 12 de julio se modifican algunos tipos fijos de retención como los que se aplican a los rendimientos del capital mobiliario, 19,5%, rendimientos del capital inmobiliario, 19,5%, rendimientos de actividades profesionales, 15% en general, o rendimientos del trabajo de cursos y conferencias, también 15%.



Los nuevos tipos de retención aplicables a 2015, quedarían: