viernes, 21 de febrero de 2014

IVA de Impagados: Nuevas Obligaciones

En 2014 se han introducido más obligaciones para recuperar el IVA.

A partir de ahora, si algún cliente deja de pagarle una factura, sepa que para recuperar el IVA repercutido deberá cumplir algunos requisitos adicionales. Así, por ejemplo, a la hora de enviar la factura rectificativa a su cliente:

• Tal como Hacienda ya exigía en la práctica, deberá acreditar que la factura rectificativa ha sido realmente enviada al deudor (por ejemplo, mediante burofax).

• Asimismo, si su cliente es declarado en concurso, también deberá enviar una copia de la factura rectificativa al administrador concursal. (Además, ahora ya no hay que enviar a Hacienda copia de auto de concurso.)

Comunicaciones con Hacienda


Otro cambio importante es que, a partir de ahora, las comunicaciones que hay que hacer a Hacienda en estos casos, así como el envío de documentación (facturas, requerimientos de cobro, etc.), deben realizarse a través de la página web de Hacienda mediante un formulario electrónico.


En caso de que algún cliente haya dejado de pagarle, póngase en contacto con nosotros a través de www.abtasesores.com; nuestros profesionales se encargarán de recuperar el IVA repercutido cumpliendo con los nuevos requisitos legales.