Si tiene proveedores en IVA de caja, esté preparado.
Aunque su empresa no se haya acogido al nuevo régimen especial del IVA de caja, puede verse afectada por este régimen si alguno de sus proveedores sí lo ha hecho:
• En primer lugar, no podrá deducirse el IVA que soporte en las facturas de dicho proveedor hasta que no le pague.
• Además, en sus libros registro de factura recibidas deberá incluir algunos apartados adicionales que recojan ciertos datos que hay que facilitar de estas operaciones, como la fecha y la forma de pago.
Es conveniente que contabilice este tipo de operaciones de forma correcta, estableciendo un sistema de control adecuado para deducirse el IVA soportado cuando corresponda.
Consulte con nosotros a través de www.abtasesores.com; resolveremos sus dudas sobre este nuevo régimen especial y le ayudaremos a adaptar su contabilidad y sus libros registro.