Nuevas obligaciones contables para empresarios en módulos.
Hasta ahora, cuando un empresario tributaba en el régimen de estimación objetiva del IRPF (es decir, en módulos), no tenía apenas obligaciones contables. Sólo debía cumplimentar un libro en el que registraba las compras de determinados inmovilizados.
No obstante, sepa que, desde el pasado 1 de enero de 2014, aquellos empresarios en módulos cuyas ventas están sometidas a una retención del 1% también deben cumplimentar un libro de ventas, cuando el pagador sea otra empresa.
Así, cuando Hacienda quiera comprobar si estos empresarios superan los límites de facturación que la ley establece para poder seguir en módulos, les solicitará que aporten dicho libro.
Si desarrolla una actividad en módulos y sus ventas están sometidas a la retención del 1%, contacte con ABT Asesores Legales y Tributarios a través de abt@abtasesores.com, le ayudaremos a cumplimentar el nuevo libro de ventas.