La reforma
del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ha introducido algunas
modificaciones en la tributación del ahorro que entrarán en vigor el día 1 de
2015.
Os resumimos los principales y más significativos cambios que se han realizado:
- Desaparece la exención de los 1.500 euros en el cobro de dividendos.
- La totalidad de las ganancias y pérdidas patrimoniales pasarán a integrarse en la base imponible del ahorro, sin distinción entre obtenidas a largo y corto plazo.
- Desaparición de la posibilidad de compensar pérdidas patrimoniales de menos de un año con rentas del trabajo o con otras rentas regulares.
- Introducción de la posibilidad de compensar, con límites, ganancias y pérdidas con rendimientos del capital mobiliario de signo contrario.
- Se rebajan a 8.000 euros anuales las cuantías máximas a aportar a Planes de pensiones, independientemente de la edad.
- Se elimina el régimen de compensaciones fiscales para los seguros de capital diferido.
- Si adquirió cualquier bien antes de 1995, puede aplicar los coeficientes de abatimiento de las plusvalías, siempre que las transmisiones acumulativas, no excedan de 400.000 euros.
- Se aprueba una nueva tarifa aplicable a la base liquidable del ahorro, siendo para el 2015 de un 20% hasta 6.000 euros, de un 22% hasta 50.000 euros y de un 24% en adelante. En el 2016 el porcentaje disminuirá en otro 1%.
- Los tipos de retención de capital mobiliario y de plusvalías de Fondos de Inversión, pasarán a ser del 20%.
Esperamos que al menos os sirva para daros una visión general .